domingo, 16 de junio de 2013

¿Se deben otorgar premios por responsabilidad empresarial?


Cada día hay más premios a la responsabilidad empresarial, mucho más debido a la oferta de instituciones que de esta manera logran visibilidad, que a la demanda por parte de las empresas por reconocimiento.  Esta proliferación de premios corre el riesgo de devaluar el valor de todos los premios de la creciente “industria de los premios de RSE”. 



Hasta las mismas empresas  han comenzado a otorgar premios a otras empresas e instituciones.  Es una manera costo efectiva de lograr visibilidad y  mejorar la reputación por el efecto aureola (¿Se puede manipular la reputación?: El efecto aureola).  Si una empresa otorga premios a terceros por la gestión de la discapacidad debe ser porque, por asociación, ella misma es responsable en este aspecto, o por lo menos es lo que nos quieren hacer creer.

Es conocido por los lectores mi escepticismo sobre los premios a la responsabilidad empresarial, que he comentado en varios artículos en mi blog (Premios y certificaciones en RSE: No es oro todo lo que reluce, Como no otorgar premios de responsabilidad, Premios GRI al mejor reporte de sostenibilidad: ¡Falacia!, Virginidad, premios y responsabilidad social, entre otros, y el más reciente, Premios del Pacto Mundial:  ¿Quién está confundido?).  

Mis objeciones son muchas, desde que no existe la “empresa (totalmente) responsable” a que los premios son un incentivo al “greenwashing”, a que los premios se otorgan con información mayormente proporcionada por la empresa y con poca o  nula verificación externa, hasta extremos de premios de RSE a instituciones que no son empresas que tienen el conflicto entre los beneficios y el bien común.  Hay hasta premios que se otorgan a instituciones por hacer lo que es su razón de ser, su función (a una ONG que trabaja con discapacitados por su trabajo con discapacitados, a una empresa cuyo objeto es la energía renovable por su trabajo en energía renovable).  Es como si se otorgaran premios a la empresa más rentable. 

¿Hay que premiar el comportamiento que debería ser el natural, la norma?  Necesitan las empresas reconocimientos de este tipo para ser responsables?  ¿O es algo en lo que tanto empresa como institución otorgante ganan y de allí la simbiosis?

Obviamente que es posible premiar algunas prácticas responsables  y en uno de los artículos me atrevimos a listar algunas de las condiciones que deberían cumplir (ver capítulo V.6 del libro Una Mirada Crítica a la Responsabilidad Social de la Empresa: Como se deben otorgar premios responsablemente)

Lo expresado arriba es una opinión personal.  Es deseable, y ante la proliferación de premios, oportuno, recabar la opinión de otros expertos en RSE sobre:

·         Si se deben otorgar premios a la RSE
·         Cómo se deben otorgar premios
·         Si se pueden establecer mecanismos de control por los stakeholders a los premios

Responde a una simple encuesta de seis preguntas en


cuyos resultados publicaremos próximamente y que te permitirán conocer la opinión de tus colegas.


GRACIAS A TODOS POR SU PARTICIPACION

domingo, 9 de junio de 2013

¿Cómo interpretar LA definición de la RSE?


Desde tiempo inmemorial se han propuesto innumerables definiciones para la responsabilidad social de la empresa, RSE. Cada quién parece tener la suya.  En gran parte la búsqueda de la definición universal está estimulada por las múltiples interpretaciones que se pueden dar a los términos de “responsabilidad” y “social”, en buena parte por individualismo, en la búsqueda de la definición que dé reconocimiento al autor, y en buena parte porque es un concepto en evolución.  Este artículo pretende demostrar que la definición más sencilla dada hasta ahora es la más completa y es la guía para la estrategia de RSE de la empresa.  Pero hay que saberla interpretar.



No vale la pena reproducir las muchas definiciones.  Hasta la reciente ISO 26000 aventuró una extensa definición que no ayudó a aclarar las cosas. ¡Qué fuerte debe haber sido la presión de los participantes en el proceso para inventar una!  El criterio que debemos usar para evaluar una definición es poder de convertirse en acción y, en nuestro caso, su capacidad de ser convertida en estrategia de la empresa.

Creo que la Unión Europea en el 2011 dió la definición que debería ser la definitiva, o por lo menos la que debería usarse de ahora en adelante, por su simpleza y su riqueza: “Responsabilidad de las empresas por sus impactos en la sociedad”, en forma pasiva, que traducida a forma activa, “implementable”, se puede leer como “Gestión de los impactos de la empresa ante la sociedad”, entendiendo que la palabra “sociedad” también incluye el entorno que ella existe: el medio ambiente.

Me propongo analizar qué quieren decir cada uno de los tres términos claves: gestión, impactos y sociedad, y demostrar que, bien entendidos, la definición es de aplicación universal y puede servir para guiar la estrategia de RSE de cualquier empresa.

Gestión.  Gestión en el más amplio sentido de la palabra, que incluye conceptos como eliminación, reducción, mitigación de impactos negativos y mejora, potenciación y extensión de los positivos. Así no hace falta tener que explicar que la empresa, como parte de su gestión, puede y debe disminuir sus impactos negativos pero también puede querer contribuir al desarrollo económico, puede querer apoyar al desarrollo local, institucional, mejorar condiciones de trabajo, entre otros.  Será su manera de gestionar los impactos, tangibles o intangibles, pasados, presentes o futuros. Puede hasta crear valor compartido y compartir el valor creado, si ello forma parte de sus impactos en la sociedad. La palabra gestión es incluyente.

Impactos.  Toda actividad tiene impactos, que pueden ser positivos y negativos y pueden ser actuales o potenciales, presentes o futuros.  Pero para efectos de implementar su gestión la empresa debe determinar cuáles son los impactos tiene que considera relevantes y cuáles quiere tener.  Tradicionalmente se ha interpretado que lo que se gestiona son los impactos que tiene, pero la definición también puede incluir los que quiera tener, lo cual daría cabida a considerar el papel que la empresa quiere jugar en la sociedad, con una visión de más largo plazo.

La nueva versión del GRI G4 incluye como punto central un proceso de determinación de los  impactos que tiene (no os que quiere tener) y de las partes afectadas.  Como muy bien lo reconoce el GRI G4, no es práctico tomar responsabilidad por todos los impactos posibles, actuales y potenciales. ¿Hasta donde llegan las responsabilidades de las empresas? Hay que determinar los que son relevantes en el contexto en que opera la empresa.

Y este aspecto es de importancia crítica para todas las empresas pero más aún para las PyMEs, a las que les suelen vender una visión muy amplia de sus impactos, incompatibles con su limitada capacidad gerencial y financiera de gestionar las acciones de eliminación, reducción, mitigación de impactos negativos y mejora, potenciación y extensión de los positivos.

Pero ¿y si a la sociedad no le parece bien su definición de gestión o como la ejerce, o como determina sus impactos?  ¡Que actúe!  La sociedad también tiene responsabilidadNo puede desentenderse.

Sociedad.  De la misma manera la empresa debe decidir quién es la “sociedad” para ella.  En principio “sociedad (y medio ambiente)” es un concepto ilimitado, pero como tal no es un concepto práctico.  La empresa debe acotarlo y decidir las partes de considera como afectadas positiva o negativamente, real y potencialmente. Para una PyME la “sociedad” puede limitarse a sus empleados y la comunidad que la rodea y gestionará solo aquellos impactos que tengn relevancia para su estrategia  (a lo mejor así dejaremos de venderles la idea de que deben hacer de todo, como sugieren las herramientas de auto diagnóstico y pedirles que preparen informes de sostenibilidad, que a “su sociedad” no le interesan)  Una multinacional tendrá una definición mucho más amplia y podría extenderla hasta el planeta.

¿Y si a la sociedad no le parece bien su definición de sociedad?  ¡Que actúe!  La sociedad también tiene responsabilidadNo puede desentenderse.

En resumen, la empresa define quién es la sociedad para ella (que no es toda), como la impacta y como quisiera impactarla (que no es de todo), en consulta, si quiere (aunque debería) con esa sociedad, y como quiere y puede gestionar estos impactos (en función de su capacidad). 


He allí la base para determinar la estrategia de la empresa.  Y esto basado en la más sencilla de las definiciones de RSE, la de la Comisión Europea.  Y podemos dejar de hablar de “voluntariedad” y de “ir más allá de la ley”……………………….. ¡por favor!

martes, 28 de mayo de 2013

Premios del Pacto Mundial: ¿Quién está confundido?


La Red del Pacto Mundial de España está llevando a cabo un concurso para otorgar premios a las  “mejores prácticas en RSE”.  Pero parece que alguien está confundido.  O nosotros o ellos (perdón lector, quizás soy solo yo el confundido).

Después de tantas discusiones sobre lo que es la Responsabilidad Social de la EMPRESA (en mayúsculas) y haber llegado a un razonable consenso sobre la responsabilidad por los impactos de la empresa sobre la sociedad (definición simple y elegante de la Comisión Europea) parece que con estos premios del Pacto Mundial tenemos un retroceso.

  


Entendamos que el origen y razón de ser de la preocupación por responsabilidad social de la empresa es porque existe un conflicto potencial entre los objetivos económico-financieros y los impactos ambientales y sociales.  Si una institución tiene solamente uno de los objetivos, por ejemplo una fundación para promover el empleo de discapacitados tiene función exclusivamente social y el conflicto no existe.  Ese es su trabajo.  Es cuando la empresa se enfrenta a un conflicto entre ganar más o ser social y ambientalmente responsable que debemos apreciar su esfuerzo (y aun en el caso de que logre que ganen ambos, pero se preocupa por ello)

Para ver esto con más claridad debemos ver las prácticas candidatas por las que se está votando.  ADVERTENCIA:  no tengo nada en contra de las instituciones y empresas candidatas, solo conozco algunas.  Mis comentarios se refieren a la pertinencia del otorgamiento de premios por mejores prácticas de RSE y en particular por el Pacto Mundial.

Algunos de los candidatos son:

  • ·   Un museo que destaca la cultura de una región de España.
  •    Una empresa de entretenimiento con espacio multiusos para entretenimiento (su razón de ser).
  • ·   Una PyME )¿?) de venta directa que da regalos para niños con discapacidad (en realidad tiene 700.000 clientes).
  • ·  Una PYME (¿?) que dona pruebas para detectar el cáncer (en realidad es una multinacional)
  • ·   Una empresa consultora en reputación que promueve el uso de laptops baratos en la infancia.
  • ·   Una empresa de comunicación de RSE que produce un Anuario de RSE (su razón de ser).
  • ·   Una fundación para discapacitados que promueve la inserción laboral de discapacitados (su razón de ser).
  • ·   Una universidad que incluye el tema de sostenibilidad en sus planes de estudio.


¿Son EMPRESAS que tienen conflicto entre los beneficios y el bien de la sociedad?  ¿Son estas actividades parte de las responsabilidades de empresas ante la sociedad?  ¿Son estas actividades RSE, o son su razón de ser, o son lavado de cara?

Pero hay otros casos que parecen ser legítima RSE.  Por ejemplo:

  • ·   Una empresa pesquera que fomenta la diversificación de la pesca en un país en vías de desarrollo (pero que en el país de origen tiene una elevada multa por manipulación de precios, eso no lo dice en el perfil)
  • ·   Una empresa que desarrolla un programa de selección de proveedores responsables (habría que ver lo innovador del programa)
  • ·   Reducción de emisiones en una gran empresa
  • ·   Etiquetado de productos sobre las emisiones generadas por su producción.
  • ·  Entrenamiento de desempleados para que puedan trabajar en la empresa
  • ·  Construcción de una oficina con criterios de eficiencia medioambiental
  • ·   Consulta y plan de acción de una petrolera para mitigar impacto en comunidades indígenas


Si bien es cierto que se otorgaran dos premios separados, uno para instituciones y PyMEs (¿porque juntos?, ¿qué tiene en común su RSE?) y otro para grandes empresas, dejo al criterio del lector si son actividades dignas de reconocimiento como RSE.

Insto a los lectores a votar, pero solo después de haber leído TODAS las fichas y hacer la investigación correspondiente (con las fichas no basta para tomar una decisión sobre el merecimiento de un distinción especial, ni siquiera se sabe qué hace la empresa).  No deberían votar por simple simpatía o conocimiento de la empresa o institución.  Esto no es un concurso de popularidad ni de belleza subjetiva.  Esto es responsabilidad.

Es conocida mi aversión por los premios sobre RSE, lo que he detallado en el Capítulo V.6 de mi libro Una Mirada Crítica a la Responsabilidad Social de la Empresa en Iberoamérica y en mi artículo Como no otorgar premios de responsabilidad empresarial.  Se pueden otorgar premios que sean legítimamente merecidos, pero los criterios son mucho más complejos que los usados en este caso.

¿Cuál es la razón de ser de otorgar premios sobre RSE para una institución como el Pacto Mundial que debería ser totalmente imparcial?  ¿Por qué no se lo dejan a instituciones privadas?

Si quieren otorgar premios y meterse en la diferenciación de empresas (políticamente incorrecto para las Naciones Unidas) sería mucho más efectivo evaluar las empresas antes de dejar que sean miembros y emitir opinión sobre sus actividades cuando reportan.

La única evaluación que hace el Pacto Mundial de las empresas es sobre si reportan, y echarlos solo porque no producen un reporte cada tres años no es promover la contribución de las empresas al desarrollo económico y social.

Y otorgar premios como estos parece que tampoco.

Si vas a votar, HAZLO RESPONSABLEMENTE.


domingo, 26 de mayo de 2013

Los 5 artículos más leídos en el primer cuatrimestre del 2013 en el blog de Cumpetere


Algo muerto puede ir con la corriente,
pero solo algo vivo puede ir contracorriente
G.K. Chesterton (1874-1936)

Ante la avalancha de información al que estamos sometidos se nos pueden pasar algunas noticias, artículos, tweets, blogs, etc. o sencillamente los deajmos pasar por falta de tiempo.  Tenemos que priorizar.  Como supongo que alguno de los artículos en mi blob se le habrán pasado al lector, egoístamente le recordaré la publicación de algunos




De los 20 que he publicado en el primer cuatrimestre he seleccionado cinco que creo son los que han despertado más interés (en orden de aparición, aunque este es el más leído, con mucho).

14 de enero

En poco de humor para empezar en año, con definiciones para todo tipo de RSEs.  Un ejemplo:  RSE: Responsabilidad Social Elástica: La que se hace dependiendo de las circunstancias.

20 de enero

Durante 2012 se multaron con grandes cantidades a muchos bancos por sus prácticas irresponsables, desde su contribución al lavado de dinero a la manipulación de las tasas de interés de referencia.  El artículo discute la poca efectividad de las multas a la institución, donde pagan justos pecadores, y aboga por sanciones a las personas responsables.

10 de marzo

Algunas instituciones y personas se han cansado de usar el término responsabilidad social de la empresa para referirse a su responsabilidad ante la sociedad y se apuntan a usar nuevos términos, que por novedosos parecen más pertinentes.  Este artículo defiende la superioridad de la concepción moderna de la RSE y alega que los nuevos conceptos no son sino variaciones, y en algunos casos partes, de la RSE.

24 de marzo

La publicación en varios países europeas de estrategias nacionales de RSE contrasta con la lentitud de España en producir el suyo, a pesar de haber puesto en marcha la institucionalidad necesaria hace ya varios años. ¿Por qué en España no se produce?

14 de abril

El artículo presenta los resultados de una encuesta entre 100 conocedores de la RSE sobre su percepción de los principales obstáculos para la adopción de prácticas responsables y su implementación al interior de la empresa.

21 de abril

Con motivo de la emisión del borrador para consultas del marco de referencia para la preparación de informes integrados, este artículo presenta un análisis de la propuesta concluyendo que las percepciones generalizadas sobre lo que quiere decir integración de información es diferente de lo que se propone y que este informe no pretende reemplazar al informe de sostenibilidad.


El lector atento se habrá dado cuenta que he seleccionado seis artículos, no cinco como dice el título.  Es que no me he podido decidir y he tenido que añadir uno más.  



GRACIAS POR LEER EL BLOG  


GRACIAS A LOS QUE REPRODUCEN LOS ARTÍCULOS EN OTROS MEDIOS

miércoles, 22 de mayo de 2013

¿A quién le importan los Derechos Humanos en la empresa?


El 21 de mayo se aprobó en el congreso de los Diputados de España la Enmienda transaccional a la proposición no de ley sobre responsabilidad social corporativa y derechos humanos, presentada por el diputado socialista Ramón Jáuregui, ante lo que parece ser la indiferencia casi total de los diputados (ver la foto, debe ser que seguían el pleno desde sus oficinas o desde el bar porque al final asistieron a la votación, cuyo resultado fue: Si: 318 No: 1 Abstenciones: 4).  Parece que el tema es considerado lo suficientemente inocuo como para que pase sin ni siquiera la asistencia de sus señorías.

Es cierto que es una proposición no de ley, pero era de esperarse un poco más de interés de los servidores públicos del país en el tema de la responsabilidad social de las empresas en el respeto y protección de los Derechos Humanos.  Y tomado una página de las propuestas del activista político italiano Beppe Grillo, a lo mejor se podrían ahorrar costos en el funcionamiento del Congreso de los Diputados.




La compacta resolución se refiere al marco del respeto de los DDHH por parte de las empresas y propone el respaldo a la implementación de los Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos: puesta en práctica del marco de las Naciones Unidas para "proteger, respetar y remediar"   que fueron respaldados el 16 de junio de 2011 por el Consejo de las Naciones Unidas sobre los Derechos Humanos.  Entre otras recomendaciones, propone:

·         La incorporación de los principios rectores sobre Empresas y Derechos Humanos puestos en práctica en el marco de Naciones Unidas para “proteger, respetar y remediar”, al segundo Plan de Derechos Humanos que está elaborando el Gobierno. 
·         Trasladar y proponer al Consejo Estatal de la Responsabilidad Social Empresarial, la incorporación a sus trabajos del Informe sobre los Principios Rectores ………..con el fin de emitir un informe respecto a las medidas que pudieran ser adoptadas.
·         Analizar la manera de vincular el cumplimiento de las empresas en materia de Derechos Humanos a la recepción de apoyo oficial del Estado, fomentando la elaboración por parte de las mismas de Planes Específicos referidos al deber de respeto, compromiso, análisis de impacto y diligencia debida en materia de Derechos Humanos y promoviendo la transparencia y la información sobre su cumplimiento.
Este último aspecto es de mayor relevancia para las empresa y ya estaba establecido en el Principio 15 que dice que Para cumplir con su responsabilidad de respetar los derechos humanos, las empresas deben contar con políticas y procedimientos apropiados en función de su tamaño y circunstancias, a saber:

  • ·   Un compromiso político de asumir su responsabilidad de respetar los derechos humanos;
  • ·    Un proceso de diligencia debida en materia de derechos humanos para identificar, prevenir, mitigar y rendir cuentas de cómo abordan su impacto sobre los derechos humanos;
  • ·    Unos procesos que permitan reparar todas las consecuencias negativas sobre los derechos humanos que hayan provocado o contribuido a provocar.


EMPRESAS: FAVOR TOMAR NOTA PARA ADAPTAR SUS POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS

Esto es clave para que no se queden en letra muerta, aunque sólo son condición necesaria para la implementación de los principios.  Faltaría, como siempre, la implementación.

La adopción de las recomendaciones permitía que España adquiriera un liderazgo en el respeto, protección y remedio de los Derechos Humanos por parte de las empresas.

El lector interesado sobre el impacto sobre la RSE de las empresas puede ver la serie de cuatro artículos que publique en mi blog, el último de los cuales fue ¿Son los derechos humanos SOLO responsabilidad de la empresa?: Cuarta Parte